Gánate una moto AKT NKD125 por usar TuyaPay

Este reglamento delimita y aclara las condiciones bajo las cuales se regirá la actividad Gánate una moto AKT NKD 125 por usar TuyaPay, en adelante la Actividad. El presente reglamento, sus documentos modificatorios, aclaratorios y complementarios, y las decisiones de TUYA S.A., en adelante el Organizador, son de obligatorio acatamiento para el Organizador, los participantes y empleados ganadores. En todo caso, cualquier asunto, discusión, imprevisto y/o controversia que se presente con relación a la Actividad y su solución no se encuentre prevista en el presente reglamento, será resuelta por el Organizador, en estricto apego a las leyes de la República. Cualquier violación implicará la inmediata exclusión de la Actividad y/o la revocación del premio si el infractor es el empleado Ganador. Se entenderá que todo Participante, que realice a voluntad propia la presente Actividad, conoce y acepta las condiciones y limitaciones establecidas en el presente reglamento. La participación en la Actividad implica la decisión del Participante de obligarse por estas reglas y por las decisiones del Organizador, las cuales tendrán carácter definitivo en todos los asuntos relacionados con la Actividad. 

Las reglas bajo las cuales se desarrollará la Actividad, son las siguientes: 

1. VIGENCIA: la vigencia de la Actividad será desde el 14 de septiembre del 2020 a las 00:00 hasta el 14 de octubre del 2020 a las 11:59 p. m.

2. PARTICIPANTES: dirigido únicamente a empelados vinculados a Almacenes  Marca Éxito que se desempeñen como cajeros de dicho establecimiento en la ciudad de Medellín y el Área Metropolitana, y empleados polivalentes de los Éxitos Express: Éxito Express Padre Marianito, Éxito Express Variante Caldas, Éxito Express Ciudad del Rio, Éxito Express Belén La Palma, Éxito Express Punto Clave, Éxito Express Parque del Poblado, Éxito Express Los Colores, Éxito Express Divina Eucaristia, Éxito Exprres Trianón, Éxito Express La Sierra (EDS), Éxito Express Camino Verde, Éxito express Calle Jardín, Éxito express Loma del Escobero, activos en la planta de nómina del Grupo Éxito a corte del 14 de octubre del 2020, y que cumplan con la totalidad de los presentes Términos y Condiciones.

3. PREMIO: Se entregará una moto AKT NKD 125 a uno de los cajeros que cumpla con la totalidad de los presentes términos y condiciones, en el almacén AKT que acuerden ambas partes. El ganador quien será contactado por El Organizador, deberá acercarse al lugar acordado para recoger el premio. La moto se entregará con su respectiva matrícula y documentación y debe ser a nombre del ganador. El premio no incluye los seguros del vehículo.

4. MECÁNICA DE LA ACTIVIDAD
Participan los cajeros de Almacenes Marca Éxito de la ciudad de Medellín y el Área Metropolitana y empleados polivalentes de los Éxitos Express: Éxito Express Padre Marianito, Éxito Express Variante Caldas, Éxito Express Ciudad del Rio, Éxito Express Belén La Palma, Éxito Express Punto Clave, Éxito Express Parque del Poblado, Éxito Express Los Colores, Éxito Express Divina Eucaristia, Éxito Exprres Trianón, Éxito Express La Sierra (EDS), Éxito Express Camino Verde, Éxito express Calle Jardín, Éxito express Loma del Escobero, que tengan TuyaPay creada y activa y que hayan realizado las cuatro transacciones que permite el producto: recargar plata, comprar con QR, retirar plata y realizar envío entre cuentas digitales TuyaPay. El cajero que mayor cantidad de transacciones (cualquier transacción) realice, ganará una moto AKT NKD 125. El monto mínimo de cada transacción deberá ser de $1.000, excepto las compras con QR, que tienen un monto mínimo de $5.000). Las transacciones deben ser realizadas entre el 14 de septiembre y 14 de octubre del 2020.
El Organizador realizará las validaciones correspondientes para determinar cuáles empleados participantes cumplen con la totalidad de los términos y condiciones y generará un ranking por número de transacciones efectivas realizadas, la persona que más transacciones haya realizado en el periodo de tiempo de vigencia, será la ganadora. 
Se validará junto al departamento de relaciones laborales del Éxito que el ganador haya cumplido con la totalidad de los Términos y Condiciones. En caso de no cumplirlos, se premiará al participante siguiente en el ranking.
Posteriormente se comunicará con el empleado correspondiente para comunicarle que es el ganador de la moto AKT NKD 125. La logística de entrega se coordinará de manera conjunta entre el Organizador y el ganador y la entrega será exclusivamente en Medellín y/o el área Metropolitana el 30 de octubre del 2020. En la presente Actividad no participan empleados de otras ciudades.
Cualquier asunto que se presente con el evento y que no se encuentre previsto en el presente reglamento o en el caso de que el ganador haya obtenido el premio por medios que vayan en contra de la transparencia y la ética, será resuelto por el Organizador, en estricto apego a las leyes de la República, sin perjuicio de los procesos disciplinarios o acciones legales a que haya lugar.


5. OTROS

  1. No está permitido realizar por parte del cajero ninguna transacción de su Cuenta Digital TuyaPay, ni la de un familiar mientras esté logueado y activo en la jornada laboral.
  2.  Para realizar compras con QR a través de TuyaPay deben ser mínimo de $5.000.
  3. El Ganador se comunicará a través de los mismos medios por los que fue promovido la actividad para que todos los participantes estén enterados.
  4. La intención del concurso es motivar el uso del producto TuyaPay por parte de los cajeros de los Almacenes Éxito y que estos sean además validadores del producto con los clientes.    
  5. La comunicación oficial de la actividad se emite desde el área de Comunicaciones Internas del Grupo Éxito y cualquier duda sobre la misma podrá ser consultada en www.tuya.com.co/actividad-cajeros
  6. Los ganadores deberán estar vinculados laboralmente al Grupo Éxito durante la vigencia de la Actividad y al momento de la entrega del premio y no pueden haber incurrido en falta grave disciplinaria a criterio de la compañía.
  7. (En ningún momento habrá lugar a entrega de dinero en efectivo.
  8. (El premio no será constitutivo de salario.
  9.  Cualquier asunto que se presente en la actividad y que no se encuentre previsto en el presente documento que delimita las condiciones y restricciones, será resuelto por el Organizador. 
  10. En caso de que algún participante de la actividad tenga algún problema técnico al momento de la apertura, las recargas o los pagos debe reportarlo al gerente del CATT del almacén donde se encuentre o a través de la línea de atención al cliente del Organizador en Medellín al 4443727 (en caso de que no haya CATT)
  11. Los impuestos y/o gastos no especificados serán responsabilidad de El Ganador.
  12. En la entrega del premio se deberá dejar constancia de la firma del acta, con copia del documento de identificación del ganador.
  13. La moto se entregará únicamente al ganador de la misma salvo que este no pueda recibirla, caso en el cual deberá asignar un tercero quien se presentará en su representación para lo cual deberá contar con un poder debidamente autenticado en notaría.  
  14. La entrega se realizará únicamente en el lugar, la fecha y la hora acordada entre el empleado ganador y el Organizador. 


6. AUTORIZACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES:

 En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1581 de 2012 y del Decreto reglamentario 1377 de 2013 que desarrollan el derecho de habeas data, mediante la participación de la presente Actividad, el empleado acepta y autoriza al Organizador para que puedan recopilar, almacenar, archivar, copiar, analizar, usar y consultar los datos que se señalan a continuación. 

Estos datos serán recolectados por el Organizador con las siguientes finalidades: a) Atención de requerimientos de autoridades. b) Manejo interno a efectos de registro de sus empleados de los distintos segmentos de negocios. c) Análisis estadísticos o de seguridad de sus empleados o usuarios. d) Ejecución y/o cumplimiento de los contratos que tiene con terceros, e) El envío de correspondencia, correos electrónicos o contacto telefónico con sus empleados, proveedores y usuarios de sus distintos programas en desarrollo de actividades publicitarias, promocionales, de mercadeo (principalmente para planes de fidelidad y relacionales) de ejecución de ventas o estudios de mercado enfocados a su actividad de distribución de productos o prestación de servicios complementarios. f) Para compartir información con aliados comerciales para el ofrecimiento de servicios con beneficios para nuestros empleados. g) Compartirla con terceros aliados, proveedores y sociedades vinculadas ubicadas dentro o fuera del país, en particular para la realización de actividades de conocimiento al empleado, relacionamiento comercial o publicitario, gestión de ventas y actividades de cobranza.

Los derechos que le asisten conforme a la ley al Titular de los datos son los siguientes: a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los Responsables del Tratamiento o Encargados del Tratamiento. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado; b) Solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del Tratamiento salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012; c) Ser informado por el Responsable del Tratamiento o el Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales; d) Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la presente ley y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen; e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el Tratamiento el Responsable o Encargado han incurrido en conductas contrarias a esta ley y a la Constitución; o, f) Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento. 

La vigencia de la base datos será la del periodo de tiempo en que se mantengan las finalidades del tratamiento en cada base de datos o aquel requerido de acuerdo a las normas contables, comerciales, tributarias, o cualquiera aplicable según la materia.

El Ganador declara conocer que Compañía de Financiamiento TUYA S.A. podrá hacer uso de las imágenes que surjan del premio y la Actividad, para lo relacionado con comunicaciones y publicaciones promocionales del Organizador, así como para la finalidad de realizar promociones informativas a través de diferentes medios audiovisuales, entre ellos imágenes e historias relacionadas con la Actividad, las cuales podrán ser difundidas en las redes sociales del Organizador y otros medios. En caso de que el Organizador sea objeto de cualquier reclamación judicial o extrajudicial, relacionada con el material suministrado por el Participante, y estos constituyan en cualquier forma violación a los derechos de autor o de propiedad intelectual de un tercero, asumirá la defensa el Organizador, a su cargo y expensas y, si hubiere lugar a ello, el Participante reembolsará a esta cualquiera cantidad que hubiere pagado o a la que fuere condenado por dicha reclamación. A su vez, el participante acepta y declara que no recibirá ninguna remuneración por parte del Organizador por el material visual o audiovisual mencionado y/o su participación en la publicación del mismo, la cual es libre y voluntariamente aceptada.